domingo, 24 de junio de 2012

RIO + 20 – la TRAMPA para AMERICA

INDIGNADOS por que el DOCUMENTO CERO equivale a CAMPANITAS y ESPEJITOS

¡YA NO SOMOS LOS INDIGENAS de 1492 !



Obtenido de: ASUCOP.

El Ministro de la Secretaría del Ambiente Oscar Rivas miente a la población paraguaya, el contenido de lo que se tratará en Rio+ 20 no tuvo amplio debate, menos aún del contenido de un tal Documento Cero al que le bautizaron inescrupulosamente con el nombre del “futuro que queremos”. ASUCOP nunca recibió una sola invitación al igual que muchas otras ONGS, y otros sectores de la población paraguaya.

LA POBLACION PARAGUAYA NO FUE TENIDA EN CUENTA, aunque ahora podemos ver en el portal de la organización de Rio+ 20 que Ban Ki-moon Secretario General de NN.UU según publicación del 08 de junio de 2012 haya dicho que “"Necesitamos más colaboración con la sociedad civil y el sector privado” o que revisando un Programa 21 mencionado en la página de Naciones Unidas (ONU) supuestamente para promover el desarrollo sostenible, menciona en sus Bases para la acción en el numero 38.5. que “es importante la participación ininterrumpida, activa y eficaz de las organizaciones no gubernamentales, la comunidad científica y el sector privado, así como de los grupos y comunidades locales”.
Sin embargo, aquí en Paraguay, la población no accedió a un tratamiento de lo que significa Rio + 20, menos aún a una real información de los alcances del “Documento Cero” que se intenta hacer firmar a los Presidentes sobre todo de América y del Caribe.
INDIGNADOS por las artimañas y manipulaciones de personeros de NN.UU.
Entraron con el tema Medio Ambiental hace 20 años y saltaron al tema “Desarrollo Sostenible” y había sido que después determinaron que el tema “Desarrollo Sostenible” se asienta en tres pilares:
Y allí nomás saltaron a declarar que son: Pilar Medio Ambiental - Pilar Social y Pilar Económico y así penetraron a otros ámbitos.
Luego arremetieron para que el Agua sea declarado como un “derecho humano” y vienen arremetiendo para que sea considerado como “soporte de vida” al mismo nivel del “aire”, sin precio, claro buscan que los pueblos ignorantes de sus artimañas reclamen que sea considerado como “un bien común de la humanidad” Y adivinen porqué!
Porque el AGUA de América está en la mira de los países poderosos, de los países desérticos. Porque nuestras represas Yacyreta, Itaipú, y las demás están en la mira.
Porque nuestro ACUIFERO GUARANI está en la mira.
Porque nuestro amplio territorio con tierras fértiles, está en la mira de NN.UU. para que en un fututo no muy lejano, ellos puedan mover contingentes de personas de otras zonas desérticas, desfavorecidas a nuestro territorio. Necesitan comprometer a los Presidentes sobre todo de América con erradicar el hambre del Mundo, quieren cargar a América que es el granero del Mundo, con la carga de los miles de millones de personas de otros continentes, sin acceso al agua y con tierras estériles.
Quieren que el Presidente Lugo firme, y apuntale el diseño de NN.UU. órganos especializados para erigir un GOBIERNO MUNDIAL, capaz de penalizar a las Naciones.
Por eso ASUCOP declara su indignación, por tan grave manipulación de esa gente de NN.UU. que todavía viene a nuestro país y se instala llenos de privilegios, hurgando en toda las entrañas del Paraguay, para encontrar argumentos que puedan utilizar para sus propósitos de gobernanza mundial.
SUMATE a DECLARAR tu INDIGNACION CONTRA la MANIPULACION de NN.UU que conspira CONTRA LA SOBERANIA DE LOS PUEBLOS DE AMERICA y pretende un gobierno mundial. Ya fuimos todos testigos de lo que la PNUD viene haciendo en el ámbito judicial y ámbito de la salud, donde autoridades nacionales legalmente constituidas no pueden ejercer el control en el manejo de nuestro dinero, que por nuestra CARTA MAGNA le impusimos.
ASUCOP eleva su grito ¡ RECHAZAMOS un GOBIERNO MUNDIAL de lo que sea!
ASUCOP eleva su grito ¡ RECHAZAMOS el BIOCENTRISMO! que tratan de instalar al propugnar una supuesta declaración de los derechos de la Tierra como supuesta madre o Pachamama.
ASUCOP eleva su grito ¡ SEGUIREMOS con el ANTROPOCENTRISMO!, Dios mismo colocó al hombre a señorear, administrar y disfrutar de la naturaleza.
ASUCOP eleva su grito ¡ RECHAZAMOS que deseen calificar al AGUA como un bien común de la humanidad. Pues NO LO ES. EL AGUA es nuestra INVERSION EN ITAIPU, YACYRETA, CORPUS, Y en las que tendremos más adelante.
ASUCOP eleva su grito ¡ EL ORO y el PETROLEO NO SON DERECHOS HUMANOS, aunque muevan al mundo, TAMPOCO LO ES el AGUA, el AGUA es nuestro ORO, nuestro PETROLEO!.
ASUCOP eleva su grito ¡ RECHAZAMOS la figura de REFUGIO AMBIENTAL! .
ASUCOP eleva su grito ¡RECHAZAMOS que el PARAGUAY se comprometa a aumentar los fondos de NN.UU. para que siga conspirando contra nuestra SOBERANIA al pretender convertirnos en la práctica en una Fundación Internacional ya sea por nuestra agua, por la generación de alimentos, generación de energía o territorio fértil !.
ASUCOP eleva su grito ¡ RECHAZAMOS la INJERENCIA EXTERNA que PRETENDE IMPLANTARNOS en el futuro MODELOS de DESARROLLO basados en la IMPOSICION de CUPOS DE AGUA POR VIVIENDA en atención al número de personas que lo habitan!.
ASUCOP declara EL ACCESO AL ALIMENTO es resultado del TRABAJO, de una PATERNIDAD y MATERNIDAD RESPONSABLE, de VALORES Y BUENOS PRINCIPIOS DE VIDA QUE LE PERMITEN ADMINISTRARSE MEJOR, no de un DERECHO, de lo contrario todos exigiríamos sin trabajar. La caridad siempre estará presente en todas las Naciones, pero que no se intente determinar al alimento como un derecho, porque eso conllevaría la creación de nuevos impuestos sobre los agobiados habitantes o se deberán arrasar con los fondos de pensiones jubilatorios para asistir a los holgazanes o a habitantes de otras naciones que tienen por política expansionista la colonización, por vientre, como ya lo vinieron experimentando países europeos.
ASUCOP declara que los paraguayos NO NOS HAREMOS GARANTES de ERRADICAR el HAMBRE del MUNDO, NO SEREMOS GARANTES de CEDER AGUA, NI ENERGIA!. ¡NO CARGAREMOS CON ESA CARGA AHORA, NI CARGAREMOS SOBRE LAS ESPALDAS DE NUESTROS HIJOS, NI DE LAS SIGUIENTES GENERACIONES DE PARAGUAYOS.
ASUCOP RECHAZA UN GOBIERNO MUNDIAL DEMOCRATICO, desde donde se pretende que en el futuro los habitantes del mundo por mayoría decidan los destinos del uso de los recursos naturales de ciertas naciones a favor de otras.
¡NUNCA LE DIMOS MANDATO A NINGUN PRESIDENTE PARA ENTREGAR NUESTRA SOBERANIA!
DEFINITIVAMENTE sería UNA TRAICION A LA PATRIA, y aún la TENTATIVA ESTA PENADA.
ASUCOP eleva su grito ¡ NO ENTRAREMOS EN EL JUEGO de querer cobrar ACTIVOS ECOLOGICOS, pues RECHAZAMOS EL BIOCENTRISMO, RECHAZAMOS la figura de un Defensor de la Tierra, RECHAZAMOS un TRIBUNAL AMBIENTAL INTERNACIONAL, RECHAZAMOS que se quiera erigir AUTORIDAD INTERNACIONAL ALGUNA para meternos en LISTAS NEGRAS AMBIENTALES por supuesto uso abusivo del agua en detrimento de habitantes del Africa, Medio Oriente, etc. Y que en la manipulación de la FIGURA JUSTICIA SOCIAL y AMBIENTAL nos QUIERAN PENALIZAR para ECHAR MANO A NUESTRO ACUIFERO GUARANI y nuestras REPRESAS.
BASTA ¡ YA NO SOMOS LOS INDIGENAS de 1492, PARAGUAY es un país de MESTIZOS sabemos reconocer los nuevos espejitos y campanitas que nos quieren entregar, RECHAZAMOS SUS ESPEJITOS =ACTIVOS ECOLOGICOS, PREFERIMOS NO COBRAR NADA, NO ENTRAREMOS A ESE JUEGO de MANIPULACION. ¡ SOMOS UN PUEBLO SOBERANO que tenemos otros sistemas como el Sistema Cooperativo que viene fructificando grandemente y transformando familias enteras, y sociedades que se han elevado al nivel medio y medio alto.!
¡Y NO EXISTE MANDATO A FUNCIONARIO ALGUNO PARA ENTREGAR SOBERANIA!.
ESTAMOS INDIGNADOS POR EL JUEGO SUCIO DE NACIONES UNIDAS y sus agencias PNUD, ECOSOC, CEPAL, etc.
ESTAMOS INDIGNADOS con la acción y redacción de OSCAR RIVAS, Ministro de la SEAM, del Ingeniero Mussi Buzarquiz y su equipo. Tienen el repudio público.

ASUCOP LLAMA A MAS PATRIOTAS A SUMAR SU INDIGNACION CONTRA el obrar de los personeros de NACIONES UNIDAS, los dejamos entrar a nuestras tierras, los dejamos saber de nuestros problemas y en el río revuelto de nuestra clase dirigente, estaba construyendo en estos 20 años su estructura para CAPTURARNOS en RIO + 20.
ESCRIBE más abajo SOBRE TU INDIGNACION Y SUMATE FRENTE al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

viernes, 22 de junio de 2012

El intento de Perforación  a la Soberanía USHUAIA II


PROTOCOLO DE MONTEVIDEO
SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR
(USHUAIA II)

La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del
Paraguay, la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y el
Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Chile, la República de Colombia, la
República del Ecuador, la República del Perú y la República Bolivariana de
Venezuela, Estados Asociados del MERCOSUR, en adelante las Partes,
CONSIDERANDO que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el
respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones
esenciales para la vigencia y evolución del proceso de integración entre las Partes.
REITERANDO el compromiso con la promoción, defensa y protección del orden
democrático, del estado de derecho y sus instituciones, de los derechos humanos y
las libertades fundamentales, como condiciones esenciales e indispensables para el
desarrollo del proceso de integración y para la participación en el MERCOSUR.

ACUERDAN:
ARTICULO 1
El presente Protocolo se aplicará en caso de ruptura o amenaza de ruptura del
orden democrático, de una violación del orden constitucional o de cualquier situación
que ponga en riesgo el legítimo ejercicio del poder y la vigencia de los valores y
principios democráticos.
ARTICULO 2
Cuando se produzca alguna de las situaciones indicadas en el artículo anterior, los
Presidentes de las Partes o, en su defecto, los Ministros de Relaciones Exteriores se
reunirán en sesión extraordinaria ampliada del Consejo del Mercado Común, a
solicitud de la Parte afectada o de cualquier otra Parte. Dicha reunión se realizará en
el territorio de la Parte en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore.
En caso que la Parte afectada se encuentre en ejercicio de la Presidencia Pro
Tempore, la reunión indicada en el parágrafo anterior tendrá lugar -en principio- en el
territorio de la Parte a la que le corresponda el próximo turno de dicha Presidencia.
ARTÍCULO 3
Los Presidentes de las Partes o, en su defecto, los Ministros de Relaciones
Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común promoverán, a
través de la Presidencia Pro Tempore, consultas inmediatas con las autoridades
constitucionales de la Parte afectada, interpondrán sus buenos oficios y realizarán
gestiones diplomáticas para promover el restablecimiento de la democracia en el
país afectado.
En caso de que las consultas mencionadas resultaren infructuosas o que las
autoridades constitucionales de la Parte afectada se vieran impedidas de
mantenerlas, los Presidentes de las demás Partes, o en su defecto, sus Ministros de
Relaciones Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común
considerarán la naturaleza y el alcance de las medidas a ser aplicadas de forma
consensuada, en base a lo establecido en el artículo 6.
ARTÍCULO 4
Cuando el gobierno constitucional de una Parte considere que está ocurriendo en
su jurisdicción, alguna de las situaciones indicadas en el artículo 1 podrá solicitar a
los Presidentes de las Partes o, en su defecto, a los Ministros de Relaciones
Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común, a través de la
Presidencia Pro Tempore, colaboración para el fortalecimiento y preservación de la
institucionalidad democrática.
ARTÍCULO 5
En base a los requerimientos del Gobierno constitucional de la Parte afectada y con
su consentimiento, los Presidentes de las Partes o, en su defecto, los Ministros de
Relaciones Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común podrán
disponer, entre otras, la constitución de:
a.- Comisiones de apoyo, cooperación y asistencia técnica y especializada a la Parte
afectada.
b.- Comisiones abiertas para acompañar los trabajos de mesas de diálogo entre los
actores políticos, sociales y económicos de la Parte afectada.
En las comisiones mencionadas en los literales a) y b) podrán participar, entre otros,
miembros del Parlamento del MERCOSUR, del Parlamento Andino, de los
Parlamentos Nacionales, el Alto Representante General del MERCOSUR y
representantes gubernamentales designados por las Partes a tal efecto.
ARTÍCULO 6
En caso de ruptura o amenaza de ruptura del orden democrático en una Parte del
presente Protocolo, los Presidentes de las demás Partes -o en su defecto sus
Ministros de Relaciones Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado
Común-, podrán establecer, entre otras, las medidas que se detallan a continuación:
a.- Suspender el derecho a participar en los distintos órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR.
b.- Cerrar de forma total o parcial las fronteras terrestres. Suspender o limitar el
comercio, tráfico aéreo y marítimo, las comunicaciones y la provisión de energía,
servicios y suministros.
c.- Suspender a la Parte afectada del goce de los derechos y beneficios emergentes
del Tratado de Asunción y sus Protocolos, y de los Acuerdos de integración
celebrados entre las Partes, según corresponda.
d.- Promover la suspensión de la Parte afectada en el ámbito de otras
organizaciones regionales e internacionales. Promover ante terceros países o
grupos de países la suspensión a la Parte afectada de derechos y/o beneficios
derivados de los acuerdos de cooperación de los que fuera parte.
e.- Respaldar los esfuerzos regionales e internacionales, en particular en el marco
de las Naciones Unidas, encaminados a resolver y a encontrar una solución pacífica
y democrática a la situación acaecida en la Parte afectada.
f.- Adoptar sanciones políticas y diplomáticas adicionales.
Las medidas guardarán la debida proporcionalidad con la gravedad de la situación
existente; no deberán poner en riesgo el bienestar de la población y el goce efectivo
de los derechos humanos y libertades fundamentales en la Parte afectada;
respetarán la soberanía e integridad territorial de la Parte afectada, la situación de
los países sin litoral marítimo y los tratados vigentes.
ARTÍCULO 7
En la aplicación de las medidas indicadas en el artículo 6 los Presidentes de las
demás Partes -o en su defecto sus Ministros de Relaciones Exteriores en sesión
ampliada del Consejo del Mercado Común- velarán, a través de los medios
apropiados, por el cumplimiento por la Parte afectada de sus obligaciones en el
marco de los acuerdos de integración celebrados entre las Partes.
ARTÍCULO 8
Conjuntamente con la adopción de las medidas señaladas en el artículo 6°, los
Presidentes de las Partes o, en su defecto, los Ministros de Relaciones Exteriores en
sesión ampliada del Consejo del Mercado Común interpondrán sus buenos oficios y
realizarán gestiones diplomáticas para promover el restablecimiento del orden
democrático y constitucional, el legitimo ejercicio del poder y la plena vigencia de los
valores y principios democráticos en el país afectado. Dichas acciones se llevarán a
cabo en coordinación con las que se realicen en aplicación de otros instrumentos
internacionales sobre la defensa de la democracia y el respeto de los derechos
humanos.
ARTÍCULO 9
Las medidas a que se refiere el artículo 6°, aplicadas a la Parte afectada, entrarán
en vigor en la fecha en que se adopte la respectiva decisión. Las mismas cesarán a
partir de la fecha en que se comunique a la Parte afectada la decisión de las demás
Partes en tal sentido, una vez que las causas que motivaron su adopción hayan sido
plenamente subsanadas.
ARTÍCULO 10
El presente Protocolo es parte integrante del Tratado de Asunción y de los
respectivos Acuerdos de integración celebrados entre el MERCOSUR y sus Estados
Asociados.
ARTICULO 11
El presente Protocolo estará abierto a la firma de las Partes hasta el 1 de marzo de
2012.
El presente Protocolo entrará en vigor treinta (30) días después del depósito del
instrumento de ratificación por el cuarto Estado Parte del MERCOSUR. En la misma
fecha entrará en vigor para los Estados Asociados que lo hubieren ratificado
anteriormente.
Para los Estados Asociados que no lo hubieren ratificado con anterioridad a esa
fecha, entrará en vigor el mismo día en que se deposite el respectivo instrumento de
ratificación.
Los derechos y obligaciones derivados del Protocolo solamente se aplican a los
Estados que lo hayan ratificado.
En las materias reguladas por el presente Protocolo, las relaciones entre las Partes
que lo hayan ratificado y aquellos que aún no lo hayan ratificado y de éstos últimos
entre sí continuarán rigiéndose por el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso
Democrático en el MERCOSUR, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de
Chile.
Una vez que todos los Estados signatarios y adherentes del Protocolo de Ushuaia
sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, el Estado Plurinacional de
Bolivia y la República de Chile, hayan ratificado el presente Protocolo, el primero
quedará terminado a todos sus efectos.
ARTICULO 12
La República del Paraguay será Depositaria del presente Protocolo y de los
respectivos instrumentos de ratificación, debiendo notificar a las Partes las fechas de
los depósitos de esos instrumentos y de la entrada en vigor del Protocolo, así como
enviarles copia debidamente autenticada del mismo.
HECHO en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 20 días
del mes de diciembre de 2011, en un original, en los idiomas español y portugués,
siendo ambos textos igualmente auténticos.